ࡱ > ܥh c e % \ " & } $ $ $ $ $ $ $ $ $ & & & & & & X a & $ $ $ $ $ & $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ "y_ $ $ $ $ Universidad Nacional de Ro Cuarto Facultad de Ingeniera VISTO el proyecto presentado por la Comisin Curricular de Ingeniera Electricista de esta Facultad, y: CONSIDERANDO: QUE para complementar y consolidar la formacin acadmico - profesional de un Ingeniero Electricista es de fundamental importancia que el alumno realice una prctica en empresas privadas y/o pblicas de produccin o servicios como en Institutos de investigacin y desarrollo o similares, pertenecientes o no a la Facultad de Ingeniera antes de finalizar su carrera, que le permita conocer las tareas propias de su profesin, as como lograr una eficaz integracin de los conocimientos adquiridos en el transcurso de la carrera. QUE dada la obligatoriedad de la Prctica Profesional dentro de la actual currcula de Ingeniera Electricista y la escasa oferta de pasantas adecuadas para los alumnos, se torna necesario una reglamentacin que fomente un mayor contacto entre la Universidad y la empresa, tendiendo adems a una mejora en el sistema de pasantas de forma tal de cumplir con los objetivos estipulados en el plan de estudio en tiempo y forma adecuados. QUE este tema fue tratado por Comisin de Interpretacin y Reglamento quien emite Despacho con algunas modificaciones al propuesto texto del Reglamento en cuestin, el mismo fue tratado y aprobado por Consejo Directivo, segn consta en Acta N252. Por ello, y en uso de las atribuciones que le confiere el Artculo 32 del Estatuto de la U.N.R.C. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERA R E S U E L V E: ARTCULO 1.- Aprobar el Reglamento para la realizacin de la Prctica Profesional obligatoria para la carrera de Ingeniera Electricista en el Plan de Estudio vigente para dicha Carrera y que figura como Anexo I de la presente Resolucin. ARTCULO 2.- Regstrese, comunquese, publquese, tomen conocimiento las reas de competencia, cumplido, archvese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERIA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. RESOLUCIN N 071/97 Universidad Nacional de Ro Cuarto Facultad de Ingeniera ANEXO I - Res.Cons.Direc.N071/97 REGLAMENTO DE PRACTICA PROFESIONAL CARRERA INGENIERIA ELECTRICISTA I - OBJETIVOS: La asignatura Prctica Profesional se entiende como un complemento a las dems asignaturas curriculares de la carrera, tendiente a lograr una eficaz integracin de los conocimientos adquiridos en el transcurso de la carrera y a poner al alumno frente a situaciones que no pueden ser concebidas durante el desarrollo del resto del plan de estudio, de forma tal que se enfrente al tipo de problemas que hallar en el ejercicio cotidiano de la profesin. II- ESTRUCTURA: - La Prctica Profesional podr desarrollarse, tanto en empresas privadas y/o pblicas de produccin o servicios como en Institutos de investigacin y desarrollo o similares, pertenecientes o no a la Facultad de Ingeniera. En los casos correspondientes, se debern establecer convenios y/o acuerdos especiales que permitan establecer el marco en el que se ejecutarn las actividades de referencia. - El Departamento de Electricidad y Electrnica procurar, por los medios a su alcance, proveer los posibles lugares en los cuales se llevar a cabo la Prctica, sin perjuicio de las gestiones que al efecto pudieran hacer los alumnos, ad referndum de la autoridad establecida al efecto. - En cada caso, y a travs del Departamento de Electricidad y Electrnica, se constituir una Comisin de cuatro miembros, que ser el rgano natural de apoyo para el alumno en lo atinente a la problemtica relacionada con la Prctica. III- DE LA CONFORMACIN Y FUNCIONES DE LA COMISIN: a.- Se constituir una Comisin de Prctica Profesional de Ingeniera Electricista, cuyo objetivo fundamental ser establecer los criterios para la realizacin de la Prctica Profesional, tomar contactos con distintas Empresas e Industrias, para conseguir lugares potenciales para el desarrollo de la Prctica Profesional. Dicha Comisin estar conformada por tres Docentes del Departamento Electricidad y Electrnica y un alumno. La eleccin de los docentes de la Comisin se har como el Departamento lo crea conveniente, siendo dicha Comisin renovable cada dos aos con posibilidad de que sus Miembros sean reelegidos. El integrante alumno ser propuesto por el Centro de Estudiantes de Ingeniera. b.- Establecer las pautas mnimas para la aceptacin del plan de trabajo a desarrollar por el alumno durante la Prctica. Universidad Nacional de Ro Cuarto Facultad de Ingeniera c.- Determinar el plazo de ejecucin de la Prctica Profesional en funcin del plan de trabajo establecido. La duracin de la Prctica Profesional ser como mnimo de un (1) mes. d.- Evaluar el Plan de Trabajo y Tutor propuesto por el postulante. e.- Proponer los miembros del Tribunal Evaluador que deber estar constituido por un miembro de la misma Comisin, el Tutor de la Prctica y un miembro del Departamento en lo posible especialista en el rea de la prctica. f.- De existir la necesidad de aclarar puntos no debidamente especificados el Tribunal deber solicitar una entrevista con el postulante, el cual precisar dichos tpicos. IV- DE LOS REQUISITOS A CUMPLIR POR EL POSTULANTE - La Facultad autorizar el comienzo de la prctica profesional a partir del momento en que el alumno haya regularizado la totalidad de las asignaturas correspondientes al VIII cuatrimestre. - Presentar la solicitud de realizacin de Prctica Profesional en la Secretara Adminitrativa de la Facultad de Ingeniera (Registro de Alumnos), quien luego de certificar que el alumno rene los requisitos elevar la misma a la Comisin de Prctica Profesional. - El alumno propondr a la Comisin un Tutor de Prctica Profesional y un Plan de Trabajo a desarrollar, como instancia previa a la iniciacin de la prctica. - La Facultad considerar la posibilidad de obtener apoyo econmico durante la ejecucin de la prctica. - Los Planes de trabajo son, en principio, individuales; no obstante, pueden aceptarse trabajos en conjunto siempre y cuando se puedan establecer perfectamente los alcances de la tarea de cada uno de los integrantes del equipo. (informes por separado y aprobacin por separado). V- DEL INFORME FINAL: a.- Descripcin de la institucin en la que se desarroll la prctica. b.- Anlisis de la empresa y el lugar de trabajo. c.- Descripcin pormenorizada de las tareas especficas desarrolladas, debiendo adjuntarse la documentacin pertinente (proyectos, diseos, clculos, etc.). d.- La institucin en la que se desarroll la prctica certificar, tanto la documentacin presentada como las actividades desarrolladas. - En el caso particular de aquellos alumnos que opten por la realizacin de la Prctica Profesional en el mbito de algn Instituto o grupo de investigacin de la Facultad, estos debern cumplimentar los requisitos generales ya detallados, con las siguientes particularidades: Universidad Nacional de Ro Cuarto Facultad de Ingeniera - El trabajo a realizar durante le Prctica Profesional debe ser complementario de las lneas de trabajo que desarrolla el grupo. - El informe escrito a presentar por el alumno deber incluir, dentro de lo comprendido en el inciso c del punto V, los siguientes tems: a.- Introduccin. b.- Antecedentes sobre el tema. c.- Principales criterios adoptados para su tratamiento d.- Desarrollo del trabajo (incluye: equipo empleado, mtodos y tcnicas adoptadas, etc.). e.- Conclusiones alcanzadas (incluyendo lneas posibles de trabajo como continuacin de lo realizado). f.- Bibliografa. VI- DEL TUTOR a) Ser corresponsable, junto con el representante de la Empresa, del Plan de Trabajo a seguir por el pasante. b) Orientar el desempeo del pasante en la institucin laboral elegida para la realizacin de la prctica. c) Elaborar un informe que deber ser presentado a la Comisin de Prctica Profesional al mismo tiempo que el informe elaborado por el alumno, donde deber constar: descripcin de las tareas conjuntas realizadas con el alumno pasante y un anlisis de los resultados observados, en el sentido de poder contrastar, en forma continua, la formacin demandada por la prctica con la proporcionada durante el cursado de la carrera. d) Evaluar, conjuntamente con la Comisin de Prctica Profesional, el Informe Final presentado por el pasante. NOTA: Transcurridos seis (6) meses de la iniciacin de la ejecucin del presente reglamento se proceder a efectuar una reevaluacin del mismo en funcin de los resultados obtenidos. $ .AS7n 9 : @ ) s s - - - - $ qqq - - - - $ lvvllv $ vllvvl - - - $ - - - - $ $ - - - d $0 z{dqNh:e4`.\(X#G4!u^F{.yxy|vbM9&&>Up - - - - $ xx8R :x - - - - * $ 411<1?2@5@ii+b\Q+ - - - - $ - - - - p 8 * ww~ZZwztkZZ22 - - - - Z $+ 4<ADD`!`""" .--,,+*)))) *!,"."gDgD#A<3# - - - - $ 4!mn-|4 - - - - $ hh4j+j - - - - $ agWg ji ag - - - - $ hheugngZh - - - - $ rs};yhh|<r - - - - L $$ %_9___ XYYs}Y Y w8pkndl\iUfNbG]@X8R005:AIS\ep% - - - - $ G6G6 - - - - * $ #K#GB=7 0) # - - - - f $1 yhXH7({l^OB4'Ed ,Mm - - - - s 8 s > > s > > s > s > ACF HJLMOPQQRRR R!R"Q#P$P%P&P'O(N)M*K+K,J,I-H*H)I(J&K%K%L$L"M!N OOOOOONLLKKJIGFDCB@=;:864321/..... .!.".$0%1%2&2(3)4*5-5,3+2*0).(.&-%-#,", ,,,,,,,-./023 5 68:<=?@AA3,3Q=Q?Q@QBPCPEPGOHNHLIKIKJKJJKIKHKFKEKDKBKAJ@I>H=G<F<E;C:B:@:K,F,:<=<?<@<B<C=D=E?E@FAGAHBHDHEHFHHGIFJEKDKCKCLBM@N?O>O6O6,3,P,PQcQcOSOSAcAc<S<S.c.c,P,j,jQ}Q}OmOmA|A|<m<m.}.},j,,QQQQPPPONLKKKJIHFEDBA@>=<<;:::,,<<<<<==?@AABDEFHIJKKKLMNOOO,,,22,,,22,,,22,,ACFHJLMOPQQRRRRRQPPPPONMKKJIHHIJKKLLMNOOOOOONLLKKJIGFDCB@=;:864321/........01223455320..--,,,,,,,,,-./023568:<=?@AA,QQQQPPPONLKKKJIHFEDBA@>=<<;:::,,<<<<<== ?@AABDEFHIJK KKLMNOOO,,,QQOOAA<<..,,2Q5QD,@,;8+8&,",2Q3L-<:<3LH,HQRQTQVQWPYPZP\O]N^L_K_K`K`J`I`H`F`E`D`B`A`@_>^=\<[<Z;Y:W:V:`,[,P<R<T<U<W<X=Y=Z?[@[A\A]B]D]E]F]H\I[J[KZKYKXLWMVNTOSOLOL,H,f,f2j2j,f,t,t2x2x,t,,22,,ACFHJLMOPQQRRRRRQPPPPONMKKJIHHIJKKLLMNOOOOOONLLKKJIGFDCB@=;:864321/........01223455320..--,,,,,,,,,-./023568:<=?@AA,QQQQPPPONLKKKJIHFEDBA@>=<<;:::,,<<<<<==?@AABDEFHIJKKKLMNOOO,,,QQOOAA<<..,,ACFHJLMOPQQRRRR RQPPPPONM K KJIHHIJKKLLM NOOOOOONLLKKJIGFDCB@=;:864321/...... ..012234553 20..--,,,,,,,,,-./023568:<=?@AA,Q%Q%OOA%A%<<.%.%,,+,+Q4Q7Q9Q:P
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